sábado, 17 de enero de 2009

Obligaciones Alimentarias

El derecho de familia es el conjunto de reglas jurídicas que regula la relación entre miembros de una familia y frente a terceros, en lo que tiene que ver con el estado civíl de una persona esto es si esta casado o divorciado, sus bienes, las relaciones respecto a sus hijos , guarda, derecho de visitas y la violencia intrafamiliar, entre otras situaciones que puedan surgir entre personas con lazos de consanguinidad.
El tema relacionado a la Obligaciones Alimentarias que tienen los padres respecto a sus hijos genera indiscutiblemente mucha preocupación , sobre todo en los casos en los cuales , la relación de pareja se ha disuelto y el cuidado de los hijos queda en manos de uno solo de los padres.
Surgen preguntas como: Puedo yo reclamar alimentos para mis hijos, aunque tenga una nueva relación de pareja ? o A pesar de estar separados y yo tener nuevas obligaciones económicas que no me permiten cubrir los gastos, estoy obligado a hacerlo, aúnque mi pareja tenga mejores condiciones económicas que las mias?, en fin , preguntas como estas que tiene la siguiente respuestas:
El legislador ha querido en el espíritu de la ley 136-o3 Código para la Protección de los Derechos del Niño , asi como en la Convención Interamericana de los Derechos del niño proteger siempre el Interes Superior del Niño, es decir que hay que preservar su bienestar, proteger sus derechos por encima de cualquier circunstancia en la que pueda verse involucrado el adulto.
Esto quiere decir que el proveer alimentos o mantener a un niño, niña o adolescebnte , no es un derecho de los padres sino un derecho intrisico al menor de edad, que debe ser reclamado por el adulto que ejerza su custodia, sin importar las situaciones que puedan surgir, y en este sentido la legislación es muy estricta y sanciona severamente con prisión el incumplimiento de la obligación de alimentar a sus hijos que tienen los padres.
Lo mas importante ha tener en cuenta en esta obligación es que debe ser compartida mitad, mitad con el otro padre, y que alimentos no solo implica comida, sino que se define como : La obligación de proveer o suministrar todos los bienes y servicios que sean necesarios para satisfacer las necesidades básicas del niño, niña o adolescente , esto incluye alimentos, vestido, educación, salud, recreación y vivienda.
Es muy importante que los padres entiendad que a pesar de las condiciones por las que esten atravesando, ya sean económicas o emocinales deben manterner al margen de todo conflicto a su hijos por su salud emocional, tomando muy en consideración que ellos existen por una decisión en la que solo sus padres son responsables y no pueden delegar en nadie mas.
Si estas interesado en hacer valer este derecho de tus hijos, ponte en contacto con un profesional del area que te pueda orientar al respecto, ya que de no hacerlo estarias limitando a tu hijo en el derecho de disfrutar de mejor calidad de vida , que la mitad que tu solo puedes ofrecerle.

Lic. Katherine Matos